Reporte de investigación
Aeronáutico | 4/15
Estado:
Finalizada
Información del suceso
Fecha: 2015-01-10, Hora 13:15
Modo: Aeronáutico
Clase de suceso: Accidente
Matrícula: LV-CCH
Lugar del suceso
Zona rural Los Abuelos (La Pampa)
Reseña
En un vuelo de Trabajo Aéreo en la fase de rociado en un lote de 40 Hectareas y despues de iniciar la pasada. la aeronave impacta sobre el terreno (Sembrado de Maní-Girasol) sobre el perímetro del lote a fumigar recorriendo una distancia de 50 mts. sobre el terreno despues del 1º impacto, seguido de incendio destruyendo la aeronave, el piloto abandona la aeronave por sus propios medios.Informes disponibles
Productos de seguridad
| Producto | Modo | Id | Fecha | Destinatario | Estado | Texto |
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| RSO | Aeronáutico | AE-1667-17 | 2017-11-28 | Organismo Regulador | Abierta | La actividad de aeronaves experimentales no está sujeta a controles que auspicien las condiciones para su operación segura y que sean acordes a las posibilidades y características de este tipo de operación. Por ello se recomienda: - Implementar los mecanismos apropiados que permitan la vigilancia y control de las operaciones de aeronaves experimentales en el más amplio espectro que las mismas involucra, incluyendo documentación, capacitación, mantenimiento y lugares de operación, teniendo en debida cuenta las características y posibilidades de este tipo particular de actividad. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1603-17 | 2017-04-05 | Organismo Regulador | Cerrada | La fiscalización que ejerce el Estado a través de sus organismos de competencia es esencial para la preservación de la seguridad operacional de un sistema de aviación civil en su conjunto. Por ello, se recomienda: - Revisar y ajustar los criterios y procedimientos de fiscalización de las actividades aeronáuticas en todo el espectro de las mismas dentro del ámbito del sistema nacional de aviación civil, para asegurar el cumplimiento de las estipulaciones normativas que han sido establecidas como portal básico de la seguridad operacional. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1594-17 | 2017-04-05 | Organismo Regulador | Cerrada | Las deficiencias en la notificación de accidentes y en la preservación de los restos de las aeronaves accidentadas son situaciones que se dan con alarmante frecuencia en el contexto aeronáutico argentino. Ambos preceptos están incluidos en el Título IX, artículos 187, 188 y 189 del Código Aeronáutico y son por lo tanto, de orden público. La JIAAC ha alertado sobre esta situación en múltiples ocasiones, recomendando el accionar necesario para informar y educar a la comunidad aeronáutica sobre estipulaciones que no sólo hacen a prácticas aeronáuticas básicas, sino que tienen un entorno normativo y también legal. Por ello, se reitera: - Elaborar e implementar un plan de difusión, por los medios que se estime apropiados o efectivos, sobre las responsabilidades aludidas en cuanto a la notificación de accidentes, a la preservación de evidencia luego de un accidente, así como en cuanto al aporte de documentación esencial para la investigación del accidente, entre la más amplia audiencia operativa a la que tenga alcance la ANAC. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1593-17 | 2017-04-05 | Organismo Regulador | Cerrada | La falla en el componente principal de sujeción de rueda del tren de aterrizaje de nariz experimentada por la aeronave involucrada, en este accidente, es sintomática de la dificultad en detectar desperfectos o fisuras internas de material durante las inspecciones de componentes cuyo plan de inspección está basado en el concepto de on condition. Por ello, se recomienda: - Evaluar el desarrollo de normativa dirigida a los talleres aeronáuticos sobre la necesidad de implementar ensayos no destructivos, en intervalos de inspección oportunamente determinados, para aquellos componentes que son críticos para la seguridad operacional y que, de acuerdo con la normativa vigente, únicamente están sujeto a tareas de inspección visual. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1586-16 | 2016-10-31 | Federaciones | Cerrada | A la Federación Argentina de Cámaras Agroaéreas (FEARCA) Se recomienda: Difundir este informe entre el personal de inspectores de vuelo en aviación agrícola, a los efectos de aprovechar el potencial de los inspectores ANAC como agentes multiplicadores de la información, y el potencial de la FEARCA como entidad que nuclea a las empresas de aviación agrícola, a los efectos de su utilización en sus actividades de capacitación recurrente anual organizada. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1549-16 | 2016-10-31 | ANAC | Cerrada | A la ANAC Se recomienda: Difundir este informe entre el personal de inspectores de vuelo en aviación agrícola, a los efectos de aprovechar el potencial de los inspectores ANAC como agentes multiplicadores de la información, y el potencial de la FEARCA como entidad que nuclea a las empresas de aviación agrícola, a los efectos de su utilización en sus actividades de capacitación recurrente anual organizada. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1548-16 | 2016-10-31 | ANAC | Cerrada | A la ANAC – DNSO La ausencia de especificidad en los requerimientos normativos existente sobre los elementos de seguridad que deben proveer los explotadores de empresas de trabajo aéreo a los pilotos deja abierta a la voluntad de cada explotador la provisión de tales elementos, lo que a su vez genera el potencial de operaciones en las cuales los pilotos puedan estar dotados de elementos de protección personal sub-estándar. Por ello, recomienda: Revisar y actualizar la RAAC 137, y en especial el apartado 35, con el objeto de establecer especificidad en los requerimientos sobre la provisión de elementos de protección personal a los pilotos involucrados en operaciones de aeroaplicación. Cuando el cumplimiento de trámites administrativos, sea cual fuere su naturaleza, se hace engorroso, se convierte en aliciente para su observación parcial, inconclusa e inclusive para su no cumplimiento. Tal parece ser la situación en el caso de la afectación de aeronaves y/o personal por titulares de CETAs dedicados a operaciones de aeroaplicación, cuando el trámite de afectación tiene carácter urgente. Por ello, se recomienda: Evaluar los requerimientos de afectación de aeronaves y/o personal para titulares de CETAs dedicados a operaciones de aeroaplicación, a los efectos de establecer las condiciones que deben reunir las solicitudes de afectación para ser considerada como urgentes, y establecer un protocolo para el trámite abreviado de tales solicitudes. Tal protocolo debe incluir condiciones mínimas que garanticen la seguridad operacional durante las operaciones de aeroaplicación, y ser de naturaleza temporaria hasta tanto el proceso establecido de afectación pueda ser cumplido en su totalidad. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1482-15 | 2015-11-30 | Propietario | Cerrada | Al propietario de la aeronave – Aeroclub Argentino Durante un vuelo, el despegue y aterrizaje son las fases más críticas de una operación aérea y es donde se requiere que se respeten los procedimientos y parámetros indicados por el Manual de Vuelo, pero es previo al toque cuando el piloto debe accionar los comandos convenientemente, con la sensibilidad aprendida en la instrucción de vuelo, para reducir el régimen de descenso, realizando el toque con el tren principal de la forma más suave posible. Por ello, se recomienda considerar la necesidad de reforzar la instrucción a los pilotos para que interioricen los procedimientos de proximidad y toque en el aterrizaje. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1375-15 | 2015-10-16 | ANAC | Cerrada | A la ANAC – Dirección de Aeronavegabilidad (DA) Asimismo, se recomienda que difunda entre los talleres de mantenimiento y propietarios de aeronaves que estén inactivas por un periodo prologado de tiempo, seguir las recomendaciones dadas por el fabricante en el Service Letter Nº L180B que indica la correcta manera de preservar este tipo de motores. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1299-15 | 2015-10-16 | ANAC | Cerrada | A la ANAC – Dirección de Aeronavegabilidad (DA) Se recomienda a la DA revisar la CA 43-50 a fin de poner en conocimiento y evaluar la cantidad de aeronaves que se encuentran con una gran cantidad de años sin haber realizado una recorrida general, haber estado una gran cantidad de años sin actividad y sin haber preservado correctamente el motor. |
La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.
No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.
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