Reporte de investigación


Aeronáutico | 298090/15

Estado: Finalizada

Información del suceso


Fecha: 2015-10-19, Hora 09:40
Modo: Aeronáutico
Clase de suceso: Accidente
Matrícula: LV-ZSZ

Lugar del suceso


Aeropuerto San Fernando (Buenos Aires)

Reseña

Durante el despegue se produce un overspeed del motor 1 (izquierdo) yéndose fuera de régimen (104%). Abortan el despegue antes de V1 y reducen ambos motores, el motor 1 no corta, y se produce la salida de pista sin poder controlar al avión. Se produce la rotura del tren de aterrizaje y posterior incendio por el derrame excesivo de combustible.

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ProductoModoIdFechaDestinatarioEstadoTexto
RSOAeronáuticoAE-1551-162016-12-12Concesionarios de AeropuertoAbiertaAl Operador del AEI San Fernando El estado del terreno en la franja de seguridad de las pistas es determinante primario del potencial daño que pueden llegar a experimentar las aeronaves en caso de excursión de pista así como de la facilidad del acceso del SEI al lugar del accidente. Por ello, se recomienda: - Adoptar las acciones tendientes para que el estado del terreno aledaño a la pista 05/23 facilite la detención intacta de aeronaves en caso de excursiones de pista, así como el más rápido acceso para las trayectorias del SEI.
RSOAeronáuticoAE-1550-162016-12-12Organismo ReguladorAbiertaA la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) La claridad normativa es condición esencial sine qua non para su correcta aplicación. Por ello, se recomienda: - Reevaluar y corregir las previsiones de las RAAC 61 en los contenidos referidos a habilitación de copilotos en aeronaves que requieren dos pilotos por certificación para su operación, de modo de asegurar de manera inequívoca niveles de conocimientos y competencias equivalentes en los miembros de una tripulación, así como para desalentar prácticas informales que distorsionen la estricta aplicación de la normativa, en letra y en espíritu. La congruencia en la normativa existente como control de riesgo de seguridad operacional es fundamental si la normativa ha de cumplir su rol de defensa del sistema aeronáutico. Por ello, se recomienda: - Adoptar las medidas del caso para garantizar que la dualidad de estándares de seguridad operacional auspiciados por la existencia de sistemas de normas paralelos (RAAC 91 y RAAC 135) que permiten operar una misma aeronave bajo exigencias diferentes no se conviertan en desmedro de la seguridad operacional. Esencial en estas medidas es la aplicación de rigurosos estándares de inspección y supervisión de operaciones bajo los sistemas de normas paralelos. La más efectiva inspección de vuelo sólo es posible si se realiza bajo estándares establecidos que sirvan de patrón para los inspectores gubernamentales y de guía para los pilotos. Por ello, se recomienda: - Definir y publicar estándares que sirvan de patrón para los inspectores gubernamentales y de guía para los pilotos para las inspecciones en vuelo de aeronaves tipo de más de 5700 kg de masa máxima de despegue.

La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.

No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.

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