Reporte de investigación
Aeronáutico | 282203/15
Estado:
Finalizada
Información del suceso
Fecha: 2015-09-30, Hora 20:30
Modo: Aeronáutico
Clase de suceso: Accidente
Matrícula: LV-CHU
Lugar del suceso
Zona rural Quilmes (Buenos Aires)
Reseña
En un vuelo de instrucción, haciendo circuito en el Aeródromo Ezpeleta, en la fase de despegue se produjo detención del motor, se realizó aterrizaje de emergencia con posterior capotaje.Productos de seguridad
| Producto | Modo | Id | Fecha | Destinatario | Estado | Texto |
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| RSO | Aeronáutico | AE-1616-17 | 2017-04-11 | Propietario | Cerrada | El mantenimiento de las aeronaves es una actividad regida por normativa específica, donde las defensas del sistema aeronáutico contienen y ayudan a recuperar distintas consecuencias de acciones u omisiones que favorecen ampliamente a la seguridad de las operaciones de vuelo. Por ello, se recomienda: - Conservar los registros de mantenimiento de acuerdo con lo requerido por las RAAC y exigir al personal de mantenimiento interviniente que todos los trabajos realizados sobre la aeronave y sus componentes sean asentados en los historiales para su correspondiente control y seguimiento, a los fines de contar con la trazabilidad del estado de la aeronave, su motor, hélice y componentes. - Asegurar que los trabajos de mecanizados de elementos del motor se realicen únicamente en los TAR habilitados para el nivel de intervención requerido a fin de asegurar el correcto proceso y control de realizar. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1615-17 | 2017-04-11 | ANAC | Cerrada | La Publicación de Información Aeronáutica (AIP) se publica de acuerdo a los lineamientos establecidos por OACI en su Anexo 15 “Servicio de Información Aeronáutica”. Este documento es de consulta permanente y debe contener información en concordancia con las reglamentaciones vigentes. Por ello, se recomienda: - Se arbitren los medios necesarios a fin de solucionar la discrepancia entre la RAAC 91.205 punto (b) y la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) ENR 1.2-2 punto 3, en lo que refiere al el uso de equipo COM VHF como equipamiento mínimo obligatorio para vuelos VFR. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1614-17 | 2017-04-11 | Organismo Regulador | Abierta | El ELT es un equipo diseñado para activarse cuando se produce un accidente, que transmite una serie de tonos con el fin de alertar los servicios de rescate y emergencia. Por ello, se recomienda: - Difundir entre los propietarios y/u operadores la necesidad de que, posterior a la instalación de un equipo ELT, se inscriba la radiobaliza y se mantengan actualizados los datos en el Registro Nacional de Radiobalizas, según lo indica la RAAC 91.207 y la CA 91.207-1B. De dichos datos dependerá la respuesta de búsqueda y salvamento en caso de activación de la radiobaliza. Esta recomendación se efectúa con el propósito de contribuir a la seguridad operacional, preservando vidas y bienes propios y de terceros. |
| RSO | Aeronáutico | AE-1497-17 | 2017-04-11 | ANAC | Cerrada | Con el objetivo de contribuir a la Seguridad Operacional, respecto a la necesidad de utilizar el equipo VHF en los aeródromos donde no se brindan servicios de tránsito aéreo y Lugares Aptos Denunciados, con el fin de anunciar y/o prevenir a los pilotos de las demás aeronaves que se encuentran operando en la zona de tránsito del mismo, respecto de sus intenciones y/o maniobras que efectuará, mediante una llamada general en el canal designado (frecuencia 123,5 Mhz), según el AIC "B" "Aprobando normas de uso del "Canal de llamada general" en VHF para utilizarse en aeródromos donde no se brindan servicios de tránsito aéreo y Lugares Aptos Denunciados (Disposición Nº 021/05)". |
La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.
No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.
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