Reporte de investigación


Aeronáutico | 339/14

Estado: Finalizada

Información del suceso


Fecha: 2014-09-01, Hora 18:00
Modo: Aeronáutico
Clase de suceso: Accidente
Matrícula: LQ-OEI

Lugar del suceso


Aeropuerto San Fernando (Buenos Aires)

Reseña

CON LA INTENCION DE REALIZAR UN VUELO DE MANTENIMIENTO DESDE EL AD FDO, DURANTE LA FASE DE PUESTA EN MARCHA, SE PRODUCE LA RETRACCION PARCIAL E INADVERTIDA DEL TREN DE ATERRIZAJE.

Productos de seguridad

ProductoModoIdFechaDestinatarioEstadoTexto
RSOAeronáuticoAE-1350-152015-10-29Taller AeronáuticoCerradaAl TAR interviniente - 1B-313, Aviación Atlántico Sur SA De acuerdo al formulario 337 emitido con fecha 10 de septiembre de 2013 y la O.T Nº 1407-12 referente al nuevo peso y balanceo, se recomienda remitir una copia a la DA. Además cumplimentar lo solicitado por la DA, según expediente Nº47793/13, referente al cambio de certificado de aeronavegabilidad.
RSOAeronáuticoAE-1349-152015-10-29PropietarioCerradaAl propietario de la aeronave - Gob. de la Pampa (Oficial) Considerar la posibilidad de realizar un exhaustivo chequeo de la totalidad de los sistemas de la aeronave cuando esta es sometida a algún tipo de mantenimiento prolongado.
RSOAeronáuticoAE-1348-152015-10-29PropietarioCerradaAl propietario de la aeronave - Gob. de la Pampa (Oficial) Considerar la posibilidad de instruir a sus pilotos en el cumplimiento del Código Aeronáutico (ART. 185 y 186) y sus reglamentaciones a fin de dar notificación a esta Junta en oportunidad de participar, presenciar o tener conocimiento de un accidente de aviación.
RSOAeronáuticoAE-1316-152015-10-29Taller AeronáuticoCerradaAl TAR interviniente - 1B-313, Aviación Atlántico Sur SA Considerar la posibilidad de instruir a su personal en el cumplimiento del Código Aeronáutico (ART. 185 y 186) y sus reglamentaciones a fin de dar notificación a esta Junta en oportunidad de participar, presenciar o tener conocimiento de un accidente de aviación. Recordar que acorde al Art. 187 del Código Aeronáutico, referente a la remoción de la aeronave, solo podrá practicarse esta con la autorización de esta Junta.
RSOAeronáuticoAE-1315-152015-10-29PropietarioCerradaAl propietario de la aeronave - Gob. de la Pampa (Oficial) Considerar la posibilidad de instruir a sus pilotos en el cumplimiento de la RAAC 91.10 en lo referente a la documentación reglamentaria que deben llevar las aeronaves y sus tripulaciones (libro de vuelo, licencias y CMA).

La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.

No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.

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