Reporte de investigación


Automotor | EX-2020-82370491-APN-JST#MTR

Estado: Finalizada

Información del suceso


Fecha: 2020-07-24, Hora 14:00
Modo: Automotor
Clase de suceso: Accidente

Lugar del suceso


Localidad Ruta Nacional Nº34, Km 102 (Santa Fe)

Reseña

El camión con acoplado dominio HCM 009 (Vehículo n°1) se encontraba circulando por la Ruta Nacional n° 34, en sentido a la ciudad de Rosario. A la altura del Km 102, el camión con acoplado dominio CTD 569 (Vehículo n°3) comienza un adelantamiento sobre el vehículo n°1, a raíz de dicha maniobra el vehículo n°3 impacta con el lateral derecho de su acoplado contra el lateral derecho del acoplado camión con acoplado cisterna dominio AA745NW (Vehículo n°2) que venía circulando en sentido hacia la localidad de Rafaela. A raíz de ese primer impacto, el conductor del vehículo n°2 pierde el dominio y cambia de carril, impactando al vehículo n°1.

Informes disponibles

Proceso de investigación de la JST

Tres fases de investigación

- Fase de campo: un equipo de investigadores examina el lugar del suceso y los restos, entrevista a los testigos y recopila la información pertinente.

- Fase de análisis: La JST revisa los registros pertinentes, realiza análisis de laboratorio, determina la secuencia de eventos e identifica las deficiencias de seguridad. Cuando se sospechan o se confirman deficiencias de seguridad, la JST informa a la autoridad competente a través de Productos de Seguridad, sin esperar hasta la publicación del informe de seguridad operacional.

- Fase de informe: El proyecto de informe de seguridad operacional (PISO) es confidencial, es aprobado por la Junta y enviado a las personas y empresas directamente afectadas en el suceso. Teniendo la oportunidad de disputar o corregir la información que creen que es incorrecta. La JST considera todas las consideraciones antes de aprobar el informe de seguridad (ISO), que posteriormente se hace público.

La JST es un organismo descentralizado del Ministerio de Transporte de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.

No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.

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