Reporte de investigación


Marítimo, fluvial y lacustre | EX-2023-50811812-APN-JST#MTR

Estado: En Curso

Información del suceso


Fecha: 2023-05-04, Hora 07:12
Modo: Marítimo, fluvial y lacustre
Clase de suceso: Accidente

Lugar del suceso


Zona Zee, Altura San Clemente Del Tuyú (Buenos Aires)

Reseña

En el quinto día de navegación, en faena de pesca, el B/P Don Franco se preparó para llevar adelante tareas de mantenimiento en el filtro de toma de agua de mar, en la sala de máquinas. En la maniobra de apertura del filtro se produjo un ingreso no controlado de agua de mar. Como consecuencia de ello, el capitán dio la orden preventiva de abandono y avisó de la emergencia por radiofrecuencia VHF. Posteriormente la tripulación controló la vía de agua y achicó la sala de máquinas. El buque continuó navegación por sus propios medios y arribo al día siguiente al puerto de Mar del Plata.

Informes

Proceso de investigación de la JST

Tres fases de investigación

- Fase de campo: un equipo de investigadores examina el lugar del suceso y los restos, entrevista a los testigos y recopila la información pertinente.

- Fase de análisis: La JST revisa los registros pertinentes, realiza análisis de laboratorio, determina la secuencia de eventos e identifica las deficiencias de seguridad. Cuando se sospechan o se confirman deficiencias de seguridad, la JST informa a la autoridad competente a través de Productos de Seguridad, sin esperar hasta la publicación del informe de seguridad operacional.

- Fase de informe: El proyecto de informe de seguridad operacional (PISO) es confidencial, es aprobado por la Junta y enviado a las personas y empresas directamente afectadas en el suceso. Teniendo la oportunidad de disputar o corregir la información que creen que es incorrecta. La JST considera todas las consideraciones antes de aprobar el informe de seguridad (ISO), que posteriormente se hace público.

La JST es un organismo descentralizado del Ministerio de Transporte de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.

No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.

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