Reporte de investigación
Marítimo, fluvial y lacustre | EX-2022-92931367-APN-JST#MTR
Estado:
Finalizada
Información del suceso
Fecha: 2022-08-30, Hora 00:00
Modo: Marítimo, fluvial y lacustre
Clase de suceso: Accidente Muy Grave
Buque: Arroyo del Medio
Lugar del suceso
Zona Río Paraná, Altura San Nicolás De Los Arroyos (Buenos Aires)
Reseña
El 30 de agosto de 2022 el B/M Arroyo del Medio se encontraba en navegación transportando ganado en pie sobre el Arroyo Barrancoso, próximo a la intersección con el Arroyo Perdido, altura Km 340 MIRP, cuando se produjo su hundimiento. A causa del suceso no se reportaron lesionados, solo daños materiales y pérdida de la carga.Informes disponibles
Productos de seguridad
Producto | Modo | Id | Fecha | Destinatario | Estado | Texto |
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RSO | Marítimo | MA-0022-23 | 2023-09-19 | Operador | Abierta - Sin Respuesta | Implementar un sistema de gestión o de registro simplificado que incluya, pero no se limite a lo siguiente: . Procedimientos operativos para la carga, descarga, alistamiento y navegación que contemple los siguientes aspectos: - Verificación del peso de los vacunos a transportar. - Verificación de la estanqueidad de los cierres sobre cubierta. - Verificación de la vigencia de títulos, certificados y aptos médicos de los tripulantes durante toda la duración del despacho anual. - Sondajes periódicos de los tanques. - Verificación del sistema de achique de los tanques y procedimiento para su puesta en funcionamiento. . Instrucciones detalladas sobre cómo proceder ante una situación de emergencia donde sobreviniera la caída de ganado al río, a fin de evitar o reducir los posibles efectos nocivos ambientales. . Procedimientos de inspecciones generales y periódicas a fin de garantizar que los planos y manuales del buque estén actualizados y se corroboren con la situación real de los equipos y la operación del buque. |
La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.
No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.
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