Reporte de investigación


Aeronáutico | 528950/16

Estado: Finalizada

Información del suceso


Fecha: 2016-11-12, Hora 13:45
Modo: Aeronáutico
Clase de suceso: Incidente
Matrícula: LV-AYW

Lugar del suceso


Aeródromo Nogoyá (Entre Rios)

Reseña

En la fase de aterrizaje, luego de recorrer 30m aproximadamente sobre la pista, el instructor percibe que el ala derecha comienza a bajar y el avión una tendencia a girar a la derecha or lo que toma el control de la aeronave, aplica potencia para levantar el ala y el avión tiende a ir a la izquierda, el piloto entonces le quita potencia la motor, el ala derecha comienza a bajar nuevamente hasta detenerse aprox a 200 m del punto de aterrizaje con la pata del tren de aterrizaje derecha (fija) colapsada.

Informes disponibles

Productos de seguridad

ProductoModoIdFechaDestinatarioEstadoTexto
RSOAeronáuticoAE-1720-182018-12-27Organismo ReguladorAbiertaAnalizar si es necesario adoptar alguna acción respecto de la condición actual del certificado tipo de las aeronaves Aero Boero AB 115 para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades asignadas por el Anexo 8 de OACI como autoridad de aplicación del estado de diseño y fabricación.
RSOAeronáuticoAE-1719-182018-12-27Organismo ReguladorAbiertaRevisar los manuales de vuelo de las aeronaves antiguas que fueran aprobados bajo normas de certificación o regulaciones no vigentes en la actualidad, a los fines de evitar que esa aprobación contenga procedimientos o información contrarias a las regulaciones actuales.
RSOAeronáuticoAE-1718-182018-12-27Organismo ReguladorCerradaSe considera pertinente en este caso repetir la siguiente recomendación efectuada a la Administración de Aviación Civil, que forma parte del Expediente JIAAC Nº337185/15. La investigación de accidentes recientes por la JIAAC ha generado evidencia reiterada de deficiencias en el desempeño de las funciones, atribuciones y responsabilidades de los Jefes de Aeródromo. Por ello, se recomienda:  En ejercicio de sus competencias como depositario de la administración del Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SSP) de la Argentina, convocar, en colaboración con la JIAAC, a la integración de un grupo de trabajo de naturaleza multi-disciplinaria y de elevada jerarquía, que incluya las perspectivas de las áreas operativa, técnica y legal, para evaluar la problemática planteada (funciones, atribuciones y responsabilidades) y generar mecanismos concretos que impidan que situaciones como la descripta se repitan.  Hasta tanto se concrete la evaluación recomendada en el párrafo anterior, adoptar las medidas del caso para asegurar que los titulares de Licencia de Jefe de Aeródromo desempeñen con efectividad y eficacia las funciones a ellos asignadas por el Código Aeronáutico y por la RAAC 65.177, en todo el espectro establecido por ambos documentos, pero con especial esmero en lo referido a la preservación de los restos de una aeronave luego del accidente. Una posible explicación sobre las demoras y/o ausencia de notificación de eventos investigables así como de manipuleo de restos de aeronaves que experimentaron eventos investigables puede ser la falta de conocimiento de la comunidad usuaria. Por ello, se recomienda:  Elaborar e implementar un plan de difusión, por los medios que se estime más apropiados o efectivos, sobre las responsabilidades en cuanto a preservación de evidencia luego de un accidente, así como en cuanto al aporte de documentación esencial para la investigación del accidente, entre la más amplia audiencia operativa a la que tenga alcance la ANAC.
RSOAeronáuticoAE-1563-182018-12-27Organismo ReguladorAbiertaRecomendación Anticipada a la ANAC Se recomienda a la ANAC, analizar los aspectos de diseño, de gestión del mantenimiento y la calidad de los trenes de aterrizaje principales que son elegibles para equipar a las aeronaves Aero Boero, modelos 115 y 180 a los efectos de determinar si en la vida de utilización de los mismos, el componente mantiene los aspectos de diseño y si cumple con los requisitos adecuados de aeronavegabilidad.

La JST es un organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Economía de la Nación Argentina, investiga los sucesos de transporte aéreo, automotor, ferroviario y marítimo, fluvial y lacustre.

No es función de la Junta señalar culpas ni determinar responsabilidades civiles o penales.

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