83752541/22 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-07-03 |
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Abierta |
La Advertencia 239/DAG emitida por la Administración Nacional de Aviación Civil contiene acciones recomendadas para prevenir la rotura del fleje tubular del tren de aterrizaje principal de las aeronaves Cessna, modelos de las series 150 y 152. Sin embargo, las evidencias detectadas en la investigación del accidente del LV-OOJ, junto con una tendencia recurrente en sucesos de similares características, resaltan la necesidad de implementar medidas adicionales. Por ello, se recomienda:
Evaluar la implementación obligatoria de métodos de inspección para una evaluación completa y detallada de la integridad estructural del fleje tubular del tren de aterrizaje principal de las aeronaves Cessna, modelos de las series 150 y 152. |
64534781/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-05-09 |
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Abierta |
Se reitera RSO AE-1893-22
La existencia de procedimientos normados permite unificar criterios, de modo que todas las escuelas de vuelo operen bajo los mismos parámetros y así elevar los estándares de calidad y seguridad. Por ello se recomienda:
- Arbitrar los medios necesarios a fin de establecer un procedimiento normado que establezca las limitaciones bajo las cuales se deban practicar las maniobras de emergencia durante los vuelos de instrucción y entrenamiento. |
64534781/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-05-09 |
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Abierta |
Las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 141, establecen la obligatoriedad de que se lleven a cabo las inspecciones de los centros de instrucción de aeronáutica civil (CIAC) en intervalos no superiores a los 24 meses. Para esto, es esencial que la Administración Nacional de Aviación Civil cumpla con su función de manera proactiva y regular. Por ello, se recomienda:
- Garantizar el proceso de inspecciones periódicas en los CIAC con el objetivo de promover estándares elevados de seguridad operacional y calidad en la instrucción y formación de pilotos, según lo establecido por las regulaciones pertinentes. |
48379302/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-07-17 |
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Abierta |
Los helicópteros experimentan diversas fuentes de vibraciones, que van desde fuerzas aerodinámicas durante el vuelo hasta aquellas generadas por el motor y el rotor. Cuando estas vibraciones son evidentes, es fundamental que los pilotos cuenten con las herramientas adecuadas para abordar la situación y contribuir a la seguridad del vuelo. Por ello, se recomienda:
- Incorporar en el manual de vuelo del piloto un procedimiento específico para gestionar situaciones relacionadas con vibraciones anormales del helicóptero. |
48379302/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-07-17 |
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Abierta |
Considerando que las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 21, punto 21.191 (g), aplica para aeronaves que han sido construidas en su mayor parte por aficionados para su propia educación o recreación y que en el caso que se investiga, la fabricación, ensamblaje y venta de helicópteros experimentales es realizada casi en su totalidad por una empresa, se recomienda:
- Adecuar las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil con la finalidad de ponerlas en consonancia con las prácticas en lo referente a la construcción de aeronaves experimentales por parte de un constructor aficionado. |
13476494/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-25 |
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Abierta |
Dada la naturaleza riesgosa de la actividad agroaérea, es fundamental contar con regulaciones actualizadas. La Resolución N.°8 del 2013 de la Administración Nacional de Aviación Civil señala la necesidad de contar con un manual de operaciones del explotador, medida que proporcionaría pautas claras para operaciones seguras y contribuiría a prevenir futuros incidentes. Por ello, se recomienda:
- Elaborar los contenidos y exigencias de un manual de operaciones del explotador para su incorporación en una futura enmienda de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil parte 137. |
13476494/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-25 |
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Abierta |
La utilización de transmisores localizadores de emergencia resulta fundamental para garantizar una respuesta rápida y efectiva en caso de accidentes o situaciones de emergencia. Estos dispositivos permiten a los servicios de búsqueda y salvamento localizar y asistir a las aeronaves accidentadas, lo cual incrementa las posibilidades de supervivencia de los ocupantes, reduce el riesgo para los equipos de rescate y optimiza la utilización de recursos. Por ello, se recomienda:
- Revisar el punto 91.207 (i) (8) de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 91, que exime a las aeronaves que realizan operaciones agrícolas de la obligación de contar con un transmisor localizador de emergencia. |
64464997/19 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-26 |
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Abierta |
Dada la importancia de mantener la integridad de los anclajes de los cinturones de hombro en aeronaves Tecnam P2002JF y modelos afines bajo el mismo certificado tipo, resulta imprescindible evaluar si estos componentes conservan a lo largo de su ciclo de vida los aspectos de diseño esenciales para cumplir con los requisitos de aeronavegabilidad, tal como fueron demostrados en el proceso de certificación de tipo. Garantizar la adecuada funcionalidad de estos anclajes es fundamental para minimizar las lesiones de los ocupantes de las aeronaves en caso de accidentes. Por ello, se recomienda:
- Determinar si los anclajes de los cinturones de hombro que equipan las aeronaves Tecnam P2002JF y demás modelos bajo el mismo certificado tipo, mantienen en su vida útil los aspectos de diseño para el cumplimiento de los requisitos de aeronavegabilidad demostrados en el proceso de certificación de tipo. |
64464997/19 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-26 |
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Abierta |
La investigación del accidente identificó una potencial vulnerabilidad en aeronaves equipadas con válvulas selectoras de tanque de combustible marca Andair, modelos EFS20, FS20 o similares. Esta vulnerabilidad está asociada con la eventualidad de que, durante la operación, la válvula pueda quedar inadvertidamente posicionada fuera de las posiciones designadas como 'LEFT o RIGHT'. Este escenario puede llevar a una pérdida parcial o total de potencia del motor, provocando una condición de emergencia. Por ello, se recomienda:
- Alertar a todos los operadores de aeronaves que estén equipadas con válvulas selectoras de tanque de combustible marca Andair, modelos EFS20, FS20 o similares, sobre el potencial riesgo de interrupción del suministro de combustible al motor si la válvula se encuentra inadvertidamente fuera de la posición "LEFT o RIGHT". |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
Las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil establecen las condiciones mínimas para el desarrollo seguro de la actividad. Es fundamental que estas regulaciones no sean ambiguas ni generen confusiones. Por ello, se recomienda:
- Resolver la contradicción que se presentan en la Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 61, referente a la habilitación de vuelo acrobático, ya que en algunos párrafos figura como habilitación de exhibición acrobática. |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
Las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 91, prescriben una altura mínima de 450 metros sobre el obstáculo más elevado para la ejecución de vuelos acrobáticos, a menos que el piloto cuente con habilitación para vuelo acrobático, en cuyo caso se le permite realizar dichas maniobras por debajo de ese límite. Sin embargo, las regulaciones no abordan de manera explícita un límite inferior en proximidad al terreno para pilotos habilitados en vuelo acrobático. Dada la inherente complejidad y riesgo asociado con tales vuelos, resulta fundamental definir un límite inferior. Por ello, se recomienda:
- Evaluar la introducción de un límite inferior específico para el desarrollo de vuelos acrobáticos por parte de los pilotos habilitados, detallando claramente las circunstancias o excepciones bajo las cuales se permite sobrepasar dicho límite. |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
La ausencia de directrices explícitas para la revalidación de la habilitación de vuelo acrobático, según lo establecido en la Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 61, plantea interrogantes acerca de la uniformidad y eficacia de los procedimientos evaluativos, especialmente en relación con la vigencia de las competencias de desempeño específicas en acrobacia aérea demostradas en el examen inicial, tanto para instructores como para pilotos en general. Por ello, se recomienda:
- Implementar pautas detalladas y específicas para la revalidación de la habilitación de vuelo acrobático que permitan una evaluación continua de sus competencias en este ámbito especializado. |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
La formación de un piloto para la obtención de la habilitación de vuelo acrobático debe llevarse a cabo siguiendo un sistema de instrucción y una política de operación y seguridad en la gestión de riesgos. En ese sentido, los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil resultan fundamentales en garantizar que tanto la formación como la operación se realicen en un entorno formal aprobado y supervisado por la Administración Nacional de Aviación Civil. Por ello, se recomienda:
- Definir a los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil como las únicas entidades habilitadas para la instrucción en vuelo acrobático. |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
De acuerdo con las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil, parte 61, es necesario contar con un mínimo de horas de instrucción para obtener la habilitación de vuelo acrobático. Sin embargo, estas regulaciones no especifican los requisitos mínimos de experiencia que un instructor de vuelo en esta especialidad debe poseer. Por ello, se recomienda:
- Incorporar en las regulaciones los requisitos mínimos de experiencia para los instructores de vuelo acrobático. |
71265/20 |
RSO |
Aeronáutico |
2024-03-27 |
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Abierta |
La acrobacia aérea constituye una actividad que involucra maniobras especializadas y potencialmente riesgosas, es decir, requieren un conjunto específico de habilidades, conocimientos y entrenamiento. Por tanto, es esencial que la formación destinada al desarrollo de esta disciplina se base en una normativa clara que aborde la metodología para la formación integral de los pilotos, así como los contenidos estándar del programa de formación. Por ello, se recomienda:
- Elaborar programas de instrucción teóricos y prácticos orientados a los pilotos que deseen realizar vuelos acrobáticos, con el objetivo de contribuir a una ejecución segura y adecuada de dichas maniobras. |
66817513/22 |
RSO |
Aeronáutico |
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Abierta |
Los manuales de mantenimiento de las aeronaves deben proporcionar instrucciones precisas sobre qué tarea realizar y cuándo llevarlas a cabo. En función a los hallazgos realizados con motivo de la investigación del accidente del LV-BPA, y la falta de claridad en las instrucciones relacionadas con el retiro y colocación de los clips de bloqueo durante el procedimiento de cambio del cable de interconexión de alerones, se recomienda:
Modificar el manual de mantenimiento de la aeronave para que incluya de manera clara e inequívoca las instrucciones de retiro y colocación de los clips de bloqueo sobre los tensores del cable de interconexión de comandos de alerón durante las inspecciones correspondientes. |
97300388/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2003-11-07 |
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Abierta |
La efectividad de cualquier Plan de Emergencia del Aeropuerto radica en la preparación y conocimiento de todo el personal que opera en el aeropuerto. Las situaciones de emergencia pueden requerir la intervención de diferentes departamentos y áreas, no solo del personal operativo, sino también del administrativo y de apoyo. Por ello, se recomienda:
- Llevar a cabo una capacitación exhaustiva sobre el Plan de Emergencia del Aeropuerto Presidente Perón (Código OACI: SAZN) dirigida a todo el personal que cumple funciones en el aeropuerto. |
97300388/21 |
RSO |
Aeronáutico |
2003-11-07 |
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Abierta |
La revisión y actualización de la planificación de actividades del Plan de Emergencia del Aeropuerto es fundamental para contribuir a una gestión efectiva de situaciones de emergencia en todas las áreas del aeropuerto. Las circunstancias imprevistas pueden surgir en distintos sectores del entorno aeroportuario, y contar con un protocolo de respuesta que abarque tanto el área de maniobras como la de movimientos es esencial para una actuación coordinada y eficaz. Por ello, se recomienda
- Incorporar en el Plan de Emergencia del Aeropuerto Presidente Perón (Código OACI: SAZN) una planificación de actividades que abarque no solo las situaciones que ocurren en el área de maniobras, sino también aquellas que tienen lugar en el área de movimientos. |
89927439/23 |
RSO |
Aeronáutico |
2023-09-06 |
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Abierta |
La realización de simulacros de accidente adaptados a la realidad operativa de cada aeródromo, considerando las potenciales condiciones meteorológicas desfavorables, fortalecerá la preparación y capacidad de respuesta del personal ante situaciones de emergencia. Además, fomentará la coordinación y colaboración entre los diferentes servicios de emergencia, garantizando una respuesta efectiva y segura en caso de un evento real. Por ello, se recomienda:
Implementar simulacros de accidente que reflejen de manera precisa y realista las potenciales condiciones meteorológicas desfavorables, así como las características y circunstancias propias de cada aeródromo. |
89927439/23 |
RSO |
Aeronáutico |
2023-09-06 |
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Cerrada |
Es fundamental que los SSEI cuenten con una guía estandarizada y precisa para asegurar una respuesta eficiente y segura durante emergencias, especialmente en condiciones de visibilidad reducida y en áreas fuera de las pistas o del área de movimientos del aeropuerto. Esta guía debe contemplar los protocolos y procedimientos específicos que deben seguirse en cada situación, teniendo en cuenta las particularidades del entorno operativo. Por ello, se recomienda:
Garantizar que los SSEI cuenten con un manual de funcionamiento, que incluya guías y procedimientos actualizados, para responder ante una emergencia. |